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    San Juan de Urabá / Nuestra Alcaldía
    MISIÓN Y VISIÓN​
    Misión

    Propender por el bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de San Juan de Uraba prestando servicios publicos con calidad y eficiencia, logrando niveles de desarrollo social y economico, acorde con las exigencias del estado, las expectativas de la comunidad y el potencial del territorio bajo los principios de equidad, connmpetitividad, sostenibilidad, conviviencia pacifica y transparencia.



    Vision

    El municipio de San Juan de Uraba sera en el año 2036 un territorio con inclision socia, comprometido con los sectores del desarrollo;con servicio publico sacial, domiciliarios y complementarios mas eficientes y efectivos;con una economia en crecimiento constante, medida por nuevas tecnologias productivas para una mayor compativilidad y consolidacion de las actividades agropecuarias, forestales, industriales y comerciales; con una efectiva garantia de los derechos de la poblacion en especial de los mas vulnerables,bajo los principios de responsabilidad,compromiso etico y  servicio social, que denote confianza y credibilidad de los habitantes en su administracion municipal, evidenciandose en el desarrollo sostenible para Antioquia y el mundo.


    OBJETIVOS Y FUNCIONES


    Objetivos

    ​1. Promover el desarrollo económico y social a través de la administración eficiente y transparente de los recursos financieros del municipio, a fin de generar confianza en los contribuyentes.


    2. Prestar asistencia técnica agropecuaria directa a los pequeños y medianos productores en lo relacionado con el agro, pecuaria, forestal, pesquero y ambiental para el mejoramiento y cambio de calidad de vida de los productores a través de las capacitaciones demostraciones de métodos de resultados y días de campo.


    3. Contribuir al mejoramiento continuo de la infraestructura física del municipio a través del fortalecimiento del banco de proyectos para ofrecer un alto nivel de satisfacción a la comunidad en general.


    4. Controlar y hacer seguimiento a los operadores para que presten los servicios públicos domiciliarios con calidad y eficiencia.

    5. Promover el desarrollo mediante políticas de defensa de nuestra identidad y patrimonio cultural.


    6. Lograr a corto plazo la cobertura universal de la educación fortaleciendo la infraestructura educativa, la calidad e incentivar a las entidades públicas y privadas para que ofrezcan programas de formación técnica, tecnológica y profesional en nuestro municipio.


    7. Lograr la inclusión de los grupos vulnerables en espacios sociales económicos y culturales del municipio a través de planes programas, proyectos y políticas públicas.


    8. Garantizar la atención a la comunidad con funcionarios capacitados y comprometidos bajo los principios de equidad, responsabilidad, honestidad eficiencia, respeto, eficacia, y transparencia.


    9. Mantener informada la comunidad de los procesos administrativos y avances del municipio con la aplicación de la estrategia de gobierno en línea y los demás medios de comunicación.​



    Funciones

    1. Cumplir y hacer cumplir la constitución, con la ley, los decretos del gobierno, las ordenanzas y los acuerdos del concejo.


    2. Conservar el orden público en el Municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba el presidente de la república y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La policía nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante.


    3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los geren​tes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.


    4. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos.


    5. Presentar oportunamente el Concejo los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del Municipio.


    6. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el concejo y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.


    7. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.


    8. Colaborar con el concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentar informes generales sobre su administración y convocar a sesiones extraordinarias, en las que solo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.


    9. Ordenar los gastos Municipales de acuerdo con el plan de inversión y el presupuesto.


    10. las demás que la constitución y la ley le señalen. Nota: Tanto el código de Régimen Municipal, en sus artículos 132 y 1333, como la Ley 78 de 1986, en su artículo 3º adicionados por el artículo 5º de la Ley 49 de 1987, señalan una serie de atribuciones y funciones del Alcalde, de las cuales gran parte de ellas se encuentran en concordancia con la nueva Constitución Nacional.







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